La denominación Ley de Control de la Marihuana ( Cannabiskontrollgesetz)
es un nombre elegido conscientemente por el grupo del Partido Verde en
el Parlamento alemán, ya que con este proyecto de ley no se propone una
liberación total de la marihuana, en un sentido hedonista libertario, ni
su legalización completa. Tampoco se contempla una despenalización
absoluta. En su lugar, el proyecto plantea un sistema de estricto
control orientado a la salud y la prevención; en especial, para la
protección de los niños y adolescentes. Dicho de manera más concisa, se
trata de una prevención criminal aseguratoria y no de una continuación
de la actual política criminal de prohibición. En favor de este
planteamiento hay una serie de buenas razones expuestas por 122
catedráticos alemanes de Derecho penal en un manifiesto en
el que demandan una evaluación de la eficiencia de la politica actual
de prohibición penal, poniendo énfasis en los “costos” de una
prohibición total: la exagerada criminalización de los consumidores, el
aumento del mercado negro y el incremento de riesgos para la salud, ya
que la calidad de la droga que se consume no puede ser controlada.
Ya en 1994 el Tribunal Constitucional alemán había calificado como
desproporcionada la persecución penal de la tenencia de una pequeña
cantidad de marihuana. Sin embargo, la decisión no condujo a ningún
cambio en la ley sobre estupefacientes ( Betäubungsmittelgesetz),
sino tan solo a una -muy variada- aplicación en el nivel de los Estados
federados alemanes. Cultivo, posesión y pequeño comercio siguen siendo
punibles, al igual que antes, de manera que estas conductas están
sujetas a persecución de conformidad con el principio de obligatoriedad
de la acción pública del Derecho procesal penal. Unos policías y
fiscales demasiado rígidos se encargan del resto. Sin embargo, esta
política compromete los recursos del sistema de justicia penal; recursos
que serían mejor utilizados en otras áreas, como por ejemplo en la
lucha contra la delincuencia organizada y el terrorismo.
La persecución penal también puede destruir vidas y
crear con ello problemas adicionales, porque las personas afectadas
viven en el seno de nuestra sociedad. Todo esto hace más que necesaria
la evaluación exigida por los catedráticos en su manifiesto, pero
-claro- ésta debe ser ejecutada de manera abierta al resultado.
Este proyecto de ley es un primer paso cauteloso hacia una nueva
política de drogas. En esencia, el proyecto diferencia entre menores
(niños y adolescentes), los cuales continúan sometidos al antiguo
régimen (penal) de prohibición, y adultos que, bajo el nuevo régimen de
control, pueden cultivar, poseer, comprar y consumir marihuana
legalmente. La línea divisoria recorre, por un lado, el límite de edad
de 18 años y, por otro lado, la pequeña cantidad. En la práctica, esto
significa que cada adulto podría poseer y consumir hasta 30 gramos de
marihuana, mientras que la prohibición (penal) sigue vigente para los
menores. Esto implica que quien proporcione marihuana a niños o
adolescentes puede estar sujeto a una pena de prisión de hasta tres
años. En casos especialmente graves, como los que serían el suministro
reiterado a un niño o la asociación para traficar, la pena privativa de
la libertad puede ser elevada hasta un máximo de cinco años.
Esta parte penal del proyecto contrasta con el régimen de estricto
control al acceso a la marihuana para adultos, el cual prevé asimismo
multas en caso de incumplimiento de las múltiples reglas
administrativas. La marihuana no puede ser vendida en supermercados o
farmacias, sino solamente en tiendas especializadas, sujetas a una
estricta supervisión. Así, solo personas “confiables” pueden manejar
este tipo de comercio, de manera que los empleados de las tiendas deben
estar especialmente capacitados.
Por otro lado, los
productos derivados de la marihuana deben ir acompañados de numerosas
advertencias. De manera general debe advertirse que el “consumo de
marihuana” puede “llevar a la adicción y a otros problemas de salud” y
que “niños y adolescentes” pueden “verse afectados por el consumo de
marihuana en su desarrollo”. También se debe advertir expresamente sobre
el impacto de la marihuana en la conducción de vehículos. A este
respecto, el consumo está prohibido bajo imposición de multa, a partir
de la introducción de un nuevo límite de tolerancia basado en los
límites referentes al alcohol y en consonancia con los nuevos
descubrimientos científicos. Asimismo, para protección del consumidor se
establece que solamente se podrá comercializar marihuana pura. También
se insiste en la necesidad de obstaculizar el aumento del consumo no
solo a través de los mecanismos de control ya mencionados, sino en
especial mediante una prohibición general de publicidad.
Además de todo lo anterior, los establecimientos especializados de
venta deben cumplir con un concepto social estricto, necesariamente
dirigido a la prevención de la adicción y la protección de los jóvenes,
del mismo modo que deben “enfrentar el arriesgado consumo de marihuana”.
Así, el proyecto se diferencia claramente de la práctica de algunos
Estados de los Estados Unidos, donde se pone el acento en la
rentabilidad de la comercialización de la marihuana. No obstante, el
régimen de control estricto previsto en el proyecto de ley podría ir
demasiado lejos si todos los controles hicieran imposible un comercio
suficientemente rentable.
Con relación a esto último,
surgen también cuestiones referentes al impuesto sugerido a la
marihuana. Con este impuesto se debe mantener (de manera inducida) un
precio elevado a la marihuana legal para así evitar el aumento del
consumo. Los ingresos percibidos se deben reinvertir para financiar el
fortalecimiento de la prevención. Pero, ¿cómo evitar el mercado negro
existente si la marihuana legal es tan cara como la droga prohibida? Por
supuesto que un régimen legal de marihuana saca a clientes del mercado
negro, porque la droga se puede adquirir legalmente sin el riesgo que
implica la persecución policial. Sin embargo, surgen dudas de que esto
pueda efectivamente ocurrir sin que haya precios legales por debajo de
los ilegales. La práctica de otros paises que legalizaron el consumo
propio demuestra que un régimen de control estricto, tal como propone el
proyecto bajo consideración, puede también evitar un aumento del
consumo. El problema adicional es la efectiva implementación de las
numerosas prohibiciones (penales): por ejemplo, la limitación de la
cantidad mínima para adultos. Aquí la ley se enfrenta, como cualquier
otra, con los límites de las normas prohibitivas en una sociedad
liberal. En última instancia, todo dependerá de la implementación
concreta y del trabajo de las autoridades competentes a nivel local.
Es propio de la naturaleza de la materia que una ley como ésta deba ser
puesta en prueba. Por ello su evaluación independiente -según el
proyecto, por primera vez a los cuatro años de su entrada en vigor- es
imprescindible. Lo que con claridad sí sabemos es que necesitamos
alternativas concretas a la actual política de prohibición que tiene
costos demasiado elevados. En ese sentido, la Ley de Control de la Marihuana es una propuesta valiosa. Nuestros políticos deberían ocuparse de ella de forma imparcial y libre de prejuicios.
Fuente: El diario.es
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